Los autónomos y Pymes que hayan suspendido su actividad durante el estado de alarma o hayan reducido su facturación al 50% podrán acogerse a las ayudas del Ayuntamiento de Dénia

30 de julio de 2020
30 de julio de 2020

El pleno aprobará esta tarde otra de las medidas acordadas por la comisión interdepartamental de crisis COVID-19 para paliar los efectos económicos de la pandemia y ayudar a la reactivación económica del municipio. Se trata de la convocatoria de ayudas para pymes, micropymes, autónomos y otros colectivos sujetos a mutualidades que les otorguen liquidez y faciliten el cumplimiento de sus obligaciones empresariales y el mantenimiento de su actividad.

Los solicitantes tienen que haber suspendido su actividad empresarial como consecuencia de las medidas del estado de alarma o haber reducido, al menos en un 50%, el promedio de facturación de abril y mayo de 2020 respecto al promedio facturado en el semestre anterior a la declaración del estado de alarma. Asimismo, la actividad afectada no se debe haber visto compensada por un incremento de la facturación derivado de un aumento del negocio online o telefónico. Estas ayudas del Ayuntamiento de Dénia son incompatibles con las concedidas por la Generalitat Valenciana en su línea de ayudas urgentes a personas trabajadoras en régimen de autónomo afectadas por la Covid-19 y reguladas en el Decreto 44/2020, de 3 de abril, del Consell.

Esta línea de ayudas dispone de unos fondos de 198.454 euros, de los cuales 128.454 euros provienen de una subvención de la diputación de Alicante y el resto lo aporta el Ayuntamiento de Dénia.

La cuantía de las ayudas concedidas será de un máximo de 1.500 euros para los afectados por cierre y de un máximo de 750 euros para aquellos que hayan visto mermada su facturación al menos un 50% durante el estado de alarma. Las solicitudes se podrán presentar en el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Los conceptos subvencionables son el alquiler mensual del negocio; los gastos de consultoría y asesoría realizados como consecuencia del estado de alarma; los gastos de suministro de energía, agua, teléfono o internet del local; los gastos de intereses de préstamos de adquisición del local; aquellos derivados del alquiler o compra de vehículos comerciales destinados al 100% a la actividad empresarial y otros de funcionamiento general abonados entre el 14 de marzo y el 31 de mayo de 2020.