Estado de alarma: ¿cuándo termina y cómo afecta a las restricciones y toques de queda?

8 de abril de 2021
8 de abril de 2021

Si no hay contratiempos o cambios importantes en cuando a la evolución de la pandemia de aquí al próximo 9 de mayo, a partir de esa fecha ya no existirá estado de alarma en España. Este es el objetivo que se ha marcado el presidente del gobierno, Pedro Sánchez.

Así, ya no estará en vigor el Real Decreto 926/2020, del 25 de octubre, por el cual se establecían como medidas de obligado cumplimiento restricciones de movilidad, confinamientos nocturnos y toques de queda o cierres perimetrales.

De manera automática todas las normativas establecidas en el documento mencionado decaerán, siempre con la salvedad de que en todo este tiempo o llegada la fecha el Gobierno decida lo contrario. Pero a priori, la movilidad, el ocio o la actividad nocturna recuperarán la normalidad.

Una de las medidas que desaparecerá será la limitación de la movilidad, que actualmente se lleva a cabo con los cierres perimetrales, ya sea a nivel de municipios, provincias o comunidades autónomas. El país ha llegado a estar cerrado por completo en muchos puntos de esta larga travesía y la mejora de la situación epidemiológica significaría decir adiós a la limitación de entrada y salida de las comunidades salvo en casos justificados.

Tampoco habría toques de queda. Ahora mismo, en la Comunitat Valenciana, la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno está fijada entre las 22:00 y las 6:00 horas.

Se reactiva el ocio en espacios públicos o privados. Quizás es una de las medidas que más ha perjudicado a la libertad individual de cada persona, es decir, el hecho de no poder reunirse con amigos o familiares sin restricciones. Las reuniones sociales y familiares, hasta ahora de seis personas no convivientes como máximo o incluso prohibidas entre no convivientes en domicilios en algunas comunidades, podrán ser más numerosas, siempre cumpliendo con las normas sanitarias básicas.

Ahora bien, ¿quién asume las competencias para establecer nuevas medidas?

Tal y como sucedió en verano, cuando se puso fin al primer estado de alarma declarado el 14 de marzo, las competencias serán para las comunidades autónomas, dentro del Consejo Interterritorial de Salud. Por aquel entonces esta situación apenas duró unos meses, ya que en octubre entró en vigor el segundo y actual estado de alarma.

No obstante, aún hay cuestiones en el aire que aclarar, como por ejemplo si este organismo podrá restringir de nuevo la movilidad si se considera necesario y si tendrá facultades para ello, ya que afecta a derechos fundamentales y habrá que ver si los jueces autorizan medidas que los limiten.

Por supuesto, está fuera de toda duda que pese a que las medidas mencionadas decaigan seguirán siendo fundamentales las normas básicas como la mascarilla, el uso del gel o la distancia de seguridad, así como intentar reducir el contacto social y no asumir riesgos innecesarios.